HARINERA CANARIA, S.A.
(Sociedad beneficiaria)
MOLINERA DE SCHAMANN, S.L.
(Sociedad segregada)
El Consejo de Administración de Harinera Canaria, S.A. (la “Sociedad” ), en sesión celebrada el pasado
29 de junio de 2020, suscribió y aprobó el proyecto de segregación de la Sociedad (el “Proyecto de Segregación”) en relación con la operación de modificación estructural a través de la cual Molinera de Schamann, S.L (“Molinera”), como sociedad segregada, transmitirá a la Sociedad, en bloque y por sucesión universal, la rama de actividad consistente en la fabricación de harinas y sémolas de toda clase procedentes de la molturación de trigos y otros cereales y de sus correspondientes subproductos, desarrollada directamente por Molinera (la “Segregación”).
El Proyecto de Segregación quedó insertado en la página web corporativa de Haricana con fecha 29 de octubre de 2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (“LME”).
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39 de la LME, se hace constar el derecho que corresponde a los accionistas, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores de Haricana de examinar los documentos que a continuación se relacionan, motivo por el que, junto con la publicación del presente anuncio, se insertan todos ellos en la página web corporativa de Haricana, con posibilidad de descarga e impresión:
Las Palmas de Gran Canaria. – El presidente del Consejo de Administración de Harinera Canaria, S.A.,
Grupo Satocán, S.A., siendo D. Juan Miguel Sanjuan y Jover su representante persona física.